Pagar impuestos es algo implícito con vivir en sociedad, y en Guatemala los empleados de empresas públicas y privadas tienen una ley que regula la forma y cálculo del impuesto por el hecho de ganar un sueldo en el país. El impuesto se llama ISR -Impuesto Sobre la Renta- en rentas de trabajo, en este artículo estaremos explicando generalidades de la forma más simple posible.
El decreto 10-2012, “Ley de actualización tributaria”, establece en su artículo dos, las tres categorías de renta que existen según su procedencia. Entre ellas se encuentran:
- Rentas de actividades lucrativas, que regula el impuesto de las empresas.
- Rentas de trabajo, regulando el impuesto de los trabajadores, y que ampliaremos en el presente artículo.
- Rentas de capital y ganancias de capital, que establecen cálculos y procedimientos en casos específicos.
Entrando en materia,
¿Quiénes son contribuyentes del ISR rentas de trabajo?
Todas aquellas personas individuales que residan en territorio guatemalteco y que perciban ingresos por el trabajo desempeñado en relación de dependencia a uno o más patronos y que obtengan ingresos mayores a Q48,000.00 anuales.
Para poder comprender este tema es necesario estar familiarizado con los siguientes conceptos:
Renta bruta: Lo conforman todos los ingresos gravados y exentos obtenidos durante el periodo de liquidación anual.
Renta exenta: Todos aquellos ingresos que la Ley en su artículo 70 del decreto 10-2012 considera no afectos para el cálculo de este impuesto.
- Las indemnizaciones o pensiones percibidas por causa de muerte o por incapacidad causadas por accidente o enfermedad.
- Las indemnizaciones por el tiempo servido.
- Viáticos comprobables, es decir, cuando tienes que devolver las facturas entregando una liquidación a tu jefe.
- El aguinaldo (hasta el 100% del sueldo ordinario mensual)
- Bono 14 (hasta el 100% del sueldo ordinario mensual)
- Pensiones, jubilaciones o montepíos.
- Remuneraciones que perciban diplomáticos, agentes consulares.
Renta neta: El total de la renta bruta una vez se restan las rentas exentas mencionadas anteriormente. En otras palabras, son los ingresos que estarán afectos al cálculo del impuesto.
Deducciones en el ISR rentas de trabajo
Una vez determinada la renta imponible se deben de restar las deducciones que la Ley permite.
- Hasta sesenta mil quetzales (Q.60,000.00), de los cuales cuarenta y ocho mil quetzales Q.48,000.00 corresponden a gastos personales sin comprobación alguna; y doce mil quetzales (Q.12,000.00) de IVA por medio de facturas, para esto es necesario realizar la presentación de la planilla de IVA. (Esta se debe de presentar en los primeros días hábiles de enero del siguiente año).
- Donaciones que puedan comprobarse fehacientemente.
- Cuotas por contribuciones al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, Instituto de Previsión Militar y al Estado y sus instituciones por cuotas de regímenes de previsión social.
- Primas de seguro de vida (Por muerte exclusiva del trabajador)
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Tarifas aplicables para el ISR rentas de trabajo
El artículo 73 del decreto 10-2012 establece que los tipos impositivos aplicables serán los siguientes:
Ejemplo de cálculo del impuesto ISR en rentas de trabajo
Entonces, una vez entendido los conceptos anteriores veamos un ejemplo de cómo calcular el impuesto.
El Sr. Ávila trabaja para una empresa y devenga un salario ordinario de Q.6,000.00 mensuales, agregado los Q.250.00 en concepto de bonificación de Ley. Cuenta con todas sus prestaciones de Ley, así como también mensualmente realiza sus contribuciones al IGSS. El Sr. Ávila presentó la planilla de IVA por los Q12,000 en el tiempo establecido.
En este caso, al Sr. Ávila mensualmente le descontarán de su sueldo Q48.01 en concepto de ISR rentas de trabajo.
Renta imponible proyectada
En el caso anterior trabajamos con valores definitivos, sin embargo, cuando inicia el año se debe de realizar un cálculo proyectado para establecer un monto a retener mensualmente, si durante el año el trabajador tiene aumentos de salario se puede trabajar de dos formas:
- Se realiza un nuevo cálculo para establecer el valor a retener.
- Se trabaja sobre la proyectada inicial y se paga la diferencia que no se retuvo al momento de realizar la liquidación definitiva del impuesto, la cual se realizará al finalizar el año conociendo ya los valores reales que el trabajador percibió. Para realizar el pago pendiente se tiene hasta el 31 de marzo del siguiente año. Aunque esto último no es una práctica recomendada por los expertos.
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Retenciones practicadas a los trabajadores en relación de dependencia.
El patrono tiene la obligación de retener el impuesto y trasladarlo a la SAT por medio de una declaración jurada de retenciones (SAT-1331 en Declaraguate) pagadera en los bancos autorizados dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al que corresponde el pago de las remuneraciones.
¿Qué pasa si mi patrono me retuvo de más?
El patrono tiene la obligación de devolverlo si así fuera el caso, y lo hará en una o varias cuotas hasta completar el monto, luego debe informar a la SAT sobre esto dentro de los primeros dos meses del año calendario siguiente.
Tengo dos o más patronos, ¿Quién me debe de retener ISR de empleados?
Existe el caso en donde los empleados tiene uno o más patronos durante el período fiscal, en estas situaciones el obligado a retener será quien pague la mayor cantidad de rentas afectas.
Y respecto al punto de vista de la Empresa, es importante mencionar que cuando no realicen las retenciones a los empleados en relación de dependencia y este no cuente con otros patronos, no podrá tomar en cuenta como deducible el gasto por los sueldos pagados ya que incumplen el artículo 22 del decreto 10-2012 titulado “Procedencia de las deducciones”.