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¿Qué es una Retención de IVA en Guatemala y cómo se calcula?

Tabla de contenido

En Guatemala varios contribuyentes emiten retenciones IVA, pero alguna vez te has preguntado ¿Qué son las Retenciones de IVA?, ¿Por qué las emiten? y ¿Cómo se calcula una retención de IVA en Guatemala?, a continuación, resolveremos todas estas dudas.

¿Qué es una retención de IVA?

Lo primordial es entender que una retención de IVA es un porcentaje que se aplica sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en una factura, y es realizada por un contribuyente especial que previamente fue calificado con ese titulo por la Superintendencia de Administración Tributaria SAT. En esencia estos contribuyentes retendrán dicho porcentaje a través de una constancia de retención, y entregarán mensualmente a la SAT el valor de todo lo retenido durante un mes calendario por los medios que esta disponga.

¿Quiénes emiten la Retención de IVA y por qué?

Como hemos mencionado, los agentes de retención son contribuyentes especiales así calificados por SAT, entre los cuales se encuentran:

  • Exportadores
  • Sector público
  • Operadores de tarjetas de crédito y/o debito
  • Contribuyentes especiales
  • Otros calificados por SAT
 

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Exportadores: serán considerados como agentes de retención los contribuyentes que se inscriban como exportadores y cuya exportación mensual en promedio sean como mínimo de Q100,000.00, deberán retener por las siguientes categorías; adquisición de productos agrícolas y pecuarios, no agropecuarios y servicios. Así también encontramos exportadores que se encuentran establecidos en el Decreto 29-89 (Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila). Y por todo lo anterior deberán retener IVA por compras o servicios a partir de Q2,500.00.

Sector público: en este apartado nos referimos a todas las compras de bienes y adquisición de servicios que realicen los Organismos del Estado, entidades descentralizadas, autónomas o semiautónomas, exceptuando a las municipalidades, y deberán retener a partir de compras o prestación de servicios a partir de Q30,000.00

Operadores de tarjetas de crédito y/o débito: estos contribuyentes son quienes pagan a los establecimientos afiliados a la red de consumos o compras que los tarjetahabientes efectúen en los mismos, y retendrán sobre el precio de venta, a partir de cualquier monto. Tenemos en este apartado también a la adquisición de combustible que se realice con tarjetas de crédito o débito, y de la misma manera se retendrá sobre el precio de venta, siempre y cuando este precio tenga incluido el Impuesto a la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo.

Contribuyentes especiales y otros calificados por SAT: son agentes de retención los contribuyentes que con conforme a la normativa de la Administración Tributaria, se encuentren calificados como especiales y SAT a su vez les haya notificado de su activación como agentes de retención. También se puede realizar una solicitud a la Administración Tributaria para actuar como agente de retención, quien después de treinta días de evaluar su comportamiento tributario resolverá.

Porcentajes de retención de IVA

Se debe hacer la salvedad que la retención para facturas del régimen pequeño contribuyente será del 5% sobre el total de la venta, y se debe retener a partir de Q. 2,500.00. Todo lo anterior se puede encontrar en el Decreto Número 20-2006 Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria.

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Retención entre agentes retenedores

Entre agentes retenedores no se retienen, así pues, para las compras o prestaciones de servicios que se realicen entre contribuyentes que tengan el título de agentes de retención, en cualquiera de las categorías anteriores, no deben efectuarse la retención de IVA.

Ahora cuando recibas una constancia de retención de IVA por alguna venta de bienes o servicios realizada no te sorprenderás, y por el contrario, sabrás porque te están reteniendo, y si en tus relaciones comerciales no sabes si algún cliente debe entregarte o no retención de IVA, lo más prudente es que el mismo sea quien te lo notifique o bien puedes ingresar al Portal de la SAT a consultar el listado de agentes retenedores.

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