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¿Eres pequeño contribuyente? Esto es lo que debes saber del nuevo límite de facturación en 2025

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El Régimen de Pequeño Contribuyente en Guatemala se actualiza, y con él, la oportunidad para muchos emprendedores, profesionales y pequeños negocios de acceder a un esquema tributario más simple y accesible. ¿La razón? El Decreto 31-2024 introduce una importante reforma: el nuevo límite de facturación anual para pertenecer al régimen pasa de Q150,000 a Q465,381.25, para el 2025.

En este blog, te explicamos de forma clara, dinámica y con ejemplos prácticos qué implica este cambio, desde cuándo aplica, cómo puede beneficiarte, y por qué es importante analizar si realmente este régimen es el más conveniente para tu situación.


¿Qué dice el Decreto 31-2024?

El cambio está contenido en el Artículo 15 del Decreto 31-2024, el cual modifica el Artículo 45 de la Ley del IVA, específicamente el apartado relacionado con el límite máximo de ingresos anuales para pertenecer al Régimen de Pequeño Contribuyente.

A partir del 9 de abril de 2025, el nuevo límite será de 125 salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas. Durante el 2025, eso equivale a Q465,381.25 anuales.

Esto significa que si tu facturación total en el año no supera ese monto, podrás permanecer o incorporarte al régimen, pagando solamente el 5% sobre tus ventas, sin necesidad de presentar declaraciones de gastos ni informes complejos.

Importante: Si ya estás inscrito como pequeño contribuyente, la actualización aplicará de forma automática. No necesitas hacer ningún trámite.


¿Qué cambió realmente?

Hasta ahora, el límite para pertenecer al Régimen de Pequeño Contribuyente era de Q150,000 anuales, una cifra que llevaba varios años sin actualizarse. Esto dejaba fuera del régimen a muchos negocios y profesionales independientes que, al rebasar ese umbral por poco o de forma moderada, se veían obligados a migrar al régimen general que se convierte más caro y complejo.

Con esta reforma, el gobierno busca incentivar la formalización y facilitar el cumplimiento tributario de sectores económicos que antes estaban en la informalidad o en un limbo fiscal. Además, se amplía la cobertura de este régimen sin modificar el porcentaje de impuesto (5%), lo que representa una ventaja importante.


¿Y qué pasa con el Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente?

Una parte importante del Decreto 31-2024 es que también se elimina el Régimen Electrónico de Pequeño Contribuyente, el cual permitía pagar solo el 4% si se cumplían dos condiciones:

  1. Pagar antes del décimo día hábil del mes.
  2. Registrar una cuenta bancaria ante la SAT.

Este régimen estará disponible únicamente hasta el 9 de julio de 2025. Antes de esa fecha, quienes aún estén inscritos en él deberán migrar al régimen regular de Pequeño Contribuyente o bien, a otro régimen que consideren conveniente.


¿Qué implica este cambio para ti?

Esta ampliación del límite tiene implicaciones positivas, pero también algunas consideraciones importantes. A continuación, te explicamos los beneficios y puntos de análisis clave.

Beneficios

  • Más negocios podrán tributar de forma simplificada

Si antes superabas los Q150,000, tenías que pasarte al régimen general, lo que implica más obligaciones, llevar otros libros contables, y pago de impuesto sobre la renta. Ahora, puedes quedarte como pequeño contribuyente.

  1. Cumplimiento simple y mensual

Se presenta una declaración sencilla cada mes y se paga el 5% sobre las ventas facturadas.

  1. Formalización con baja carga fiscal

Si eres profesional independiente, pequeño comerciante o emprendedor, este régimen te permite formalizarte sin una carga tributaria alta.


Ejemplos prácticos

A continuación, te contamos algunos ejemplos que te harán comprender de mejor forma estos cambios:

Caso 1: Emprendedora con tienda de ropa

María vende ropa y accesorios en redes sociales. Este año estima ventas por Q350,000. Antes, eso la obligaba a pasarse al régimen general. Pero ahora, podrá quedarse como pequeño contribuyente y pagar solamente Q17,500 al año (5%).

En el régimen general, habría tenido que llevar contabilidad completa, declarar IVA, ISR trimestral, y pagar sobre la ganancia, además de contratar un contador.

Caso 2: Profesional independiente

Carlos es diseñador gráfico y factura por servicios de Q30,000 mensuales (Q360,000 al año). En 2024, superó el límite de Q150,000 y tuvo que cambiarse al régimen general. En 2025, con el nuevo límite, podría volver al régimen de pequeño contribuyente, si le resulta más conveniente.

¿Es el régimen más conveniente para todos?

¡No siempre! Aunque es más simple, el régimen de pequeño contribuyente tiene una gran limitación: no puedes deducir gastos para pagar menos impuestos. El 5% se paga sobre tus ventas brutas.

Nuestra recomendación en Inbers: Analiza tus ingresos y gastos. Si tus márgenes de utilidad son bajos, probablemente el régimen general sea más conveniente a pesar de ser más complejo.

¿Qué deberías hacer ahora?

Si ya estás inscrito como pequeño contribuyente, el cambio te beneficiará automáticamente. Pero si estás en el régimen general y tus ingresos están por debajo del nuevo límite, te conviene analizar si quieres cambiarte en 2025.

En Inbers podemos ayudarte a simular ambos escenarios, comparar tu carga tributaria y definir qué régimen te conviene más. 

¿Necesitas asesoría?

En Inbers contamos con un equipo de contadores y asesores tributarios listos para ayudarte a:

  • Simular tu situación actual y futura con el nuevo límite
  • Evaluar si te conviene el cambio de régimen
  • Tramitar el cambio de régimen ante la SAT
  • Llevar tu contabilidad sin estrés

¿Tienes dudas sobre cómo aplicar el nuevo límite en tu negocio?

Contáctanos hoy y hablemos de tu caso.

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